El Estado Peruano es uno e indivisible, aunque haya departamentos o provincias o gobiernos regionales.

¿Qué es el Estado Peruano?
El Estado Peruano es la Nación jurídicamente organizada en un territorio. EN tal virtud, los elementos insustituibles del Estado son la Nación, la Organización Jurídica y el territorio.
En cuanto a las funciones del Estado la Constitución vigente establece que son deberes primordiales:
- Defender la soberanía nacional.
- Garantizar la plena vigencia de los derechos humanos.
- Proteger a la población de las amenazas contra su seguridad.
- Establecer y ejecutar la política de fronteras.
- Promover la integración, particularmente latinoamericana.
- Promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la nación.
Estructura del Estado Peruano
Es el conjunto de instituciones y organismos debidamente interrelacionados, que tiene el propósito de cumplir las funciones esenciales de éste. Es la manera cómo se organiza, ejerce y distribuye el poder del Estado.
Gobierno Nacional
Es el que tiene atribuciones para ser ejercitadas en todo el territorio nacional como conjunto.
- Los poderes del Estado son: Legislativo, Ejecutivo, Judicial.
- Los órganos constitucionales autónomos.
Las Regiones
Son instancias de gobierno que deberán ser reguladas por una Ley Orgánica. Sus organismos son:
- El Presidente regional, elegido por sufragio directo por un período de cinco años.
- El Consejo de Coordinación Regional, está integrado por los alcaldes provinciales o sus representantes.
Las Municipalidades
Son los órganos de gobierno local y se establecen en las provincias y en los distritos del país, sus organismos son:
- La Alcaldía, desempeñada por el alcalde, quien es elegido por sufragio directo, por un período de cinco años.
- El Consejo Municipal, conformado por las regidores, elegidos por sufragio directo.
Los poderes del Estado Peruano
El Poder Legislativo
Este poder reside en el Congreso, está conformado por una Cámara única de 130 congresistas los cuales son elegidos por un período de 5 años. En el Congreso se constituye la Comisión Permanente, las comisiones dictaminadoras y las comisiones investigadoras.
Para ser elegido congresista se requiere ser peruano de nacimiento, haber cumplido veinticinco años y gozar del derecho de sufragio. Los funcionarios de confianza pueden ser candidatos a congresistas, siempre que renuncien al cargo seis meses antes de las elecciones. Los candidatos a la presidencia no pueden ser candidatos a congresistas, pero sí los candidatos a la vicepresidencia.
Inmunidad parlamentaria:
Los congresistas representan a la Nación y no están sujetos a mandato imperativo ni a interpelación. No son responsables ante autoridad ni órgano jurisdiccional alguno, por las opiniones y votos que emiten en el ejercicio de sus funciones.
Atribuciones del Congreso:
- Dar leyes y resoluciones legislativas.
- Interpretar, modificar o derogar las normas existentes.
- Velar por el respeto de la Constitución y de las leyes, y disponer lo conveniente para hacer efectiva la responsabilidad de los infractores.
- Aprobar los tratados de conformidad con la Constitución.
- Aprobar el presupuesto y la Cuenta General.
- Autorizar empréstitos conforme a la Constitución.
- Ejercer el derecho de amnistía.
- Aprobar la demarcación territorial que proponga el poder Ejecutivo.
- Autorizar al Presidente de la República a salir del país.
El procedimiento legislativo:
- Iniciativa legislativa:
- El Presidente de la República y los congresistas tienen derecho de iniciativa en la formación de las leyes. También tienen derecho en las materias que le compete, los otros poderes del Estado, las instituciones públicas autónomas, los municipios y los colegios profesionales. Asimismo, los ciudadanos pueden ejercen el derecho de iniciativa conforme a ley.
- Aprobación:
- Con los dictámenes de la Comisión, el proyecto de ley es derivado al pleno del Congre- so para su debate y aprobación.
- Promulgación y publicación:
- Las leyes aprobadas son enviadas al Presidente de la República para su promulgación dentro de un plazo de 15 días. En caso de que él no la promulgara, lo hará el Presidente del Congreso o el Presidente de la Comisión Permanente.
Si el Presidente tiene observaciones, sobre el todo o en parte de la ley, lo hará dentro de los 15 días señalados. La ley es obligatoria desde el día siguiente de su publicación en el diario oficial.
El Poder Ejecutivo
Está representado por el Presidente de la República, el Consejo de Ministros y las autoridades políticas de los departamentos y provincias.
La Presidencia:
El Presidente de la República es el Jefe de Estado y personifica a la Nación. Para ser elegido Presidente se requiere ser peruano de nacimiento, tener más de treintaicinco años y gozar del derecho de sufragio. El Presidente de la República es el candidato que ha obtenido más de la mitad de los votos. Si ninguno de los candidatos obtiene la mayoría absoluta se procede a una segunda elección dentro de los treinta días siguientes entre los dos candidatos más votados. De la misma manera son elegidos los dos vice- presidentes. El mandato presidencial es de cinco años, pudiendo ser reelegido de inmediato para un período adicional.
La Presidencia de la República vaca por muerte, incapacidad física o moral, renuncia, salir del país sin permiso del Congreso, destitución. En todos los casos es reemplazado por el Primer Vicepresidente.
Son funciones del Presidente de la República:
- Cumplir y hacer cumplir la Constitución y los tratados, leyes y demás disposiciones legales.
- Representar al Estado dentro y fuera de la República.
- Dirigir la Política General del Gobierno.
- Velar por el orden interno y la seguridad exterior de la República.
- Convocar a elecciones para Presidente de la República.
- Convocar a elecciones para representantes al Congreso, Alcaldes, Regidores y otros funcionarios que señala la ley.
- Convocar al Congreso a legislatura extraordinaria.
- Dirigir la política exterior y las relaciones internacionales; celebrar y ratificar tratados. Presidir el Sistema de Defensa Nacional.
- Declarar la guerra y firmar la paz con autorización del Congreso.
- Administración de la hacienda pública.
- Conceder indultos y conmutar penas.
El Consejo de Ministros:
La dirección y la gestión de los servicios públicos están confiados al Consejo de Ministros. Este consejo está formado por la reunión de todos los ministros. Son nulos los actos del Presidente de la República que carecen de refrendación ministerial. Para ser Ministro de Estado se requiere ser peruano de nacimiento, tener más de veinticinco años y gozar del derecho de sufragio.
El Presidente de la República nombra y remueve al Presidente del Consejo y a los demás ministros.
Son atribuciones del Consejo de Ministros:
- Aprobar los proyectos de ley que el Presidente de la República somete al Congreso.
- Aprobar los decretos legislativos y decretos de urgencia que dicta el Presidente de la República.
- Deliberar sobre asuntos de interés público.
El Poder Judicial
La potestad de administración de justicia es ejercida por el Poder Judicial, a través de sus organismos jerárquicos con arreglo a la Constitución, aplica las leyes y demás normas jurídicas a los casos concretos y reales con el propósito de alcanzar la justicia social.
Los órganos jurisdiccionales que administran justicia a nombre de la Nación son:
La Corte Suprema de Justicia: Es el Tribunal de máxima jerarquía para administrar justicia dentro del Poder Judicial. Su sede es la capital de la República, está integrada por 18 Vocales Supremos los que para ser nombrados deben cumplir con los siguientes requisitos:
- Ser peruano de nacimiento.
- Ser ciudadano en ejercicio.
- Ser mayor de 45 años.
- Haber sido magistrado de la Corte Superior o Fiscal Superior durante 10 años o haber ejercido la abogacía o la Cátedra Universitaria Jurídica durante 15 años.
Las Cortes Superiores: Son órganos jurisdiccionales que permiten administrar justicia en un distrito judicial. L Corte Superior está integrada por los Vocales Superiores, los cuales se agrupan e salas conformadas por tres vocales.
Los Juzgados Especializados o Provinciales: Estos órganos jurisdiccionales son de competencia dentro de una provincia. Un titular es un Juez Especializado en una determinada materia: Civil, Penal, Laboral, Agrario y Menores.
Los Juzgados de Paz Letrados: Son órganos jurisdiccionales de competencia en un distrito, Administran justicia en casos de menor importancia y de acuerdo a la cuantía.
Los Juzgados de Paz: Órganos jurisdiccionales que administran justicia en aquellos centros poblados con cierto volumen demográfico en los que no existe un Juzgado de Paz Letrado. Su titular es el Juez de Paz, el cual puede no ser abogado.}
Órganos Constitucionales Autónomos
Son diversos órganos establecidos en la Constitución que comparten atribuciones con los tres poderes del Estado, aunque su esfera de poder es más especializada y concentrada. Estas instituciones se rigen por sus leyes orgánicas. Conoce todos los Órganos Constitucionales Autónomos del Perú en el siguiente enlace:
