Las nuevas medidas contra la COVID-19 se vuelven más rigurosas con la finalidad de evitar el rápido aumento de los casos de contagio que ponen en peligro la vida de muchas personas alrededor del mundo.
Desde el Gobierno se han brindado diversas normativas que buscan que la mayor cantidad de personas sea inmunizadas contra la COVID-19. Por ello, es que desde el 10 de diciembre del presente año se está presentando el carnet de vacunación con las dosis de la vacuna contra la COVID-19 para ingresar a diversos espacios cerrados de índole financiero, comercial, recreativo, entre otros.
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No obstante, a esta normativa que ha venido funcionando se le ha sumado el Decreto Supremo Nº 186-2021-PCM, donde se expresa que para poder realizar sus labores, los trabajadores del servicio delivery y los choferes y cobradores del transporte público deben acreditar haber recibido las dos dosis de la vacuna contra la COVID-19.
¿Y los pasajeros de transporte público?
En el caso de los usuarios de transporte público solo existe una recomendación por parte del Ministerio de Salud para completar sus dosis de la vacuna.
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Asimismo, para la verificación de la autenticidad del carnet de vacunación, los ciudadanos también deberían presentar un documento oficial de identificación, según el Decreto Supremo Nº 186-2021-PCM.
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