Desde el 1 de abril, las personas mayores de 18 de años tienen la obligación de presentar su carnet de vacunación con las tres dosis de la vacuna contra la covid-19 para ingresar a instituciones públicas y privadas y, también para realizar trabajo presencial.
De la misma manera, se realizó la ampliación oficial del Estado de Emergencia Nacional por un plazo de treinta días calendario, a partir del primero de abril, por el contexto de posibles contagios de coronavirus, que todavía se mantienen en todo el territorio nacional.
Las medidas mencionadas están expuestas en el Decreto Supremo N° 030-2022-PCM que, además, expone que en el estado de emergencia nacional queda restringido el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personal, la inviolabilidad del domicilio, y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio.
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Además, los trabajadores del sector salud deben tener las tres (3) dosis de vacunación contra la covid-19 para que puedan realizar sus operaciones de manera presencial en su centro de trabajo, debido a la alta exposición de contagio.
Los choferes y cobradores del transporte público y los choferes que ofrecen servicios de reparto (delivery), de taxi y transporte privado de personal y turismo solamente pueden laborar si acreditan tener, en el Perú y/o el extranjero, las tres (3) dosis de vacunación contra el covid-19.
Los mayores de 12 años que desean acudir a playas, ríos, lagos, lagunas y piscinas deberán presentar el carné de vacunación con el esquema completo de vacunación. Mientras que, los mayores de 18 años que acudan a esos lugares tienen la obligación de contar con las tres dosis de la vacuna contra la covid-19.
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